Reforma previsional: un artículo habilita demoras en la actualización de haberes

Reforma previsional: un artículo habilita demoras en la actualización de haberes

Mientras el debate público se concentra en el 82% móvil y otros aspectos de la reforma previsional impulsada por el gobierno de Entre Ríos, hay un punto del proyecto que ha pasado casi inadvertido. Se trata de la modificación del artículo 71 de la actual norma, que establece que los aumentos para jubilados se aplicarán 60 días hábiles administrativos después de que ingresen al sistema los aportes derivados de las variaciones salariales.

 

En su editorial en Cara y Ceca, Juan Pablo Arias analizó el alcance de este cambio y advirtió que podría generar una demora de varios meses en el traslado de los incrementos salariales a los haberes previsionales. El periodista señaló que, más allá de la discusión sobre la necesidad o no de la reforma, la modificación impactaría sobre la actualización de las jubilaciones y contradice el planteo oficial de que no habrá cambios para los actuales beneficiarios del sistema.

 

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